martes, 28 de mayo de 2013

Jürgen Habermas


Jürgen Habermas.

Nacio en Düsseldorf, Alemania, en 1929. Sociólogo y filósofo alemán. Principal representante de la "segunda generación" de la Escuela de Frankfurt, entre 1955 y 1959 trabajó en el Instituto de Investigación Social de la ciudad. Enseñó filosofía en Heidelberg y sociología en Frankfurt, y dirigió el Instituto Max Planck de Starnberg entre 1971 y 1980. En 1983 obtuvo la cátedra de Filosofía y Sociología en la Universidad de Frankfurt.

Habermas, es el único filósofo clásico alemán que desde Hegel dedica una obra especial al Derecho. “En Facticidad y Validez, sobre el derecho y el estado democrático de derecho en términos de teoría del discurso”,  desarrolla el concepto del Derecho, se mueve en el horizonte de un tipo de orden jurídico concreto, para él, del Derecho es parte del mundo real, en él se fundamenta.

Considera este autor que las discusiones no pueden llevarse adelante sin que los participantes asuman la posibilidad de comprenderse mutuamente y, en definitiva, llegar a un consenso. Un elemento en la visión habermasiana de esa “comunicación no distorsionada” que le traerá múltiples críticas; otra condición implícita en la discusión será, que no debe permitirse que ningún poder, divino o secular, ninguna diferencia en los estatus de los participantes y ningún recurso político o económico influyan en el resultado de la discusión. El único poder que puede emplearse y tomarse en cuenta debe ser el de la argumentación.

Habermas entiende por Derecho, el moderno Derecho impuesto por autoridades, que requiere de una fundamentación en términos de una racionalidad propia, que supone una interpretación obligatoria y que, necesita contar con procedimientos de imposición eficaces.

Una visión modernas del Derecho cuenta con tres posibilidades: ver al Derecho como un sistema inductivo-deductivo, desde un punto de vista realista; ver al Derecho como un sistema deductivo, desde el punto de vista positivista formalista, como Kelsen; o ver al Derecho como un arte o técnica que llevan adelante los abogados en sus distintas estrategias.

Habermas considerará que el criterio decisivo para la validez de un orden normativo, máxime del orden jurídico, se llama reconocimiento, consenso. Pero tendría que ser el reconocimiento por parte de quienes se encuentran individualmente sometidos al orden jurídico, con lo cual la obligatoriedad jurídica dependería de la arbitrariedad de aquellos que deben ser vinculados – una consecuencia inaceptable que, en definitiva, conduciría a la anarquía-, Por tal motivo surge una modificación, en cuanto a no concebir el reconocimiento en cuanto acto real del sujeto del derecho, sino como lo concibe Hegel, en tanto un tener que reconocer lógico necesario, que no se puede eludir a discreción.

Habermas castigaría a las ciencias positivas por no estar interesadas en explicarse a si misma y dar fundamentos para a la aceptación de sus propios procedimiento y hallazgos.

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