Jürgen
Habermas.
Nacio en Düsseldorf,
Alemania, en 1929. Sociólogo y filósofo alemán. Principal representante de la
"segunda generación" de la Escuela de Frankfurt, entre 1955 y 1959
trabajó en el Instituto de Investigación Social de la ciudad. Enseñó filosofía
en Heidelberg y sociología en Frankfurt, y dirigió el Instituto Max Planck de
Starnberg entre 1971 y 1980. En 1983 obtuvo la cátedra de Filosofía y
Sociología en la Universidad de Frankfurt.
Habermas,
es el único filósofo clásico alemán que desde Hegel dedica una obra especial al
Derecho. “En Facticidad y Validez, sobre el derecho y el estado democrático de
derecho en términos de teoría del discurso”, desarrolla el concepto del Derecho, se mueve
en el horizonte de un tipo de orden jurídico concreto, para él, del Derecho es
parte del mundo real, en él se fundamenta.
Considera
este autor que las discusiones no pueden llevarse adelante sin que los
participantes asuman la posibilidad de comprenderse mutuamente y, en
definitiva, llegar a un consenso. Un elemento en la visión habermasiana de esa
“comunicación no distorsionada” que le traerá múltiples críticas; otra
condición implícita en la discusión será, que no debe permitirse que ningún
poder, divino o secular, ninguna diferencia en los estatus de los participantes
y ningún recurso político o económico influyan en el resultado de la discusión.
El único poder que puede emplearse y tomarse en cuenta debe ser el de la
argumentación.
Habermas
entiende por Derecho, el moderno Derecho impuesto por autoridades, que requiere
de una fundamentación en términos de una racionalidad propia, que supone una
interpretación obligatoria y que, necesita contar con procedimientos de
imposición eficaces.
Una
visión modernas del Derecho cuenta con tres posibilidades: ver al Derecho como
un sistema inductivo-deductivo, desde un punto de vista realista; ver al
Derecho como un sistema deductivo, desde el punto de vista positivista
formalista, como Kelsen; o ver al Derecho como un arte o técnica que llevan
adelante los abogados en sus distintas estrategias.
Habermas
considerará que el criterio decisivo para la validez de un orden normativo,
máxime del orden jurídico, se llama reconocimiento, consenso. Pero tendría que
ser el reconocimiento por parte de quienes se encuentran individualmente
sometidos al orden jurídico, con lo cual la obligatoriedad jurídica dependería
de la arbitrariedad de aquellos que deben ser vinculados – una consecuencia
inaceptable que, en definitiva, conduciría a la anarquía-, Por tal motivo surge
una modificación, en cuanto a no concebir el reconocimiento en cuanto acto real
del sujeto del derecho, sino como lo concibe Hegel, en tanto un tener que
reconocer lógico necesario, que no se puede eludir a discreción.
Habermas
castigaría a las ciencias positivas por no estar interesadas en explicarse a si
misma y dar fundamentos para a la aceptación de sus propios procedimiento y
hallazgos.
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